A_34 Las empresas prestadoras de servicios deberán cumplir la normativa aplicable en materia medioambiental, así como las normas medioambientales específicas que, en su caso, se establezcan.
En el plazo de un año a partir de la fecha de otorgamiento de la licencia, los prestadores deberán estar inscritos en el registro del sistema comunitario de gestión y auditoría ambiental EMAS o tener implantado y certificado un sistema de gestión medioambiental ISO-14001:2004
Así mismo, los prestadores deberán disponer de un protocolo o, en su caso, un Plan de Contingencia para posibles vertidos, tanto propios como para intervención a solicitud de la administración competente.
La APB cuenta con Protocolos de Requisitos Medioambientales Exigibles tanto para concesionarios como para contratistas, que les obligan a cumplir con la normativa medioambiental vigente y con los requisitos medioambientales de la APB que les sean aplicables. (G4-EN27)
A_35
Número total y porcentaje de terminales marítimas y de empresas de servicios que tienen implantado un SGA
Tipo de terminal/ servicio | Nº Total con SGA | % con SGA |
---|---|---|
Terminal de mercancías | 12 | 100 |
Terminal de pasajeros | - | |
Servicio estiba | - | |
Servicio MARPOL | 1 | 100 |
Servicio técnico náutico | 1 | 100 |
De estas 14 empresas, que prestan sus servicios en el puerto y están certificadas según la norma ISO 14001:2004, cinco cuentan además con la acreditación EMAS III.
La Autoridad Portuaria ha adoptado una serie de iniciativas para impulsar la adopción de SGA por parte de prestadores de servicios portuarios y concesiones: (G4-EN27)
- Aprobación de un convenio de buenas prácticas genérico para la regulación de bonificaciones a la tasa de actividad.
- Inclusión del requisito de disponer de SGA en pliegos de servicios y condiciones de otorgamiento.