Amarradores Puerto de Bilbao, S.A.Amarradores Puerto de Bilbao, S.A.Amarradores Puerto de Bilbao, S.A.
TARIFAS MAXIMAS APLICABLES PARA EL SERVICIO DE AMARRE Y DESAMARRE
Tarifas máximas y reglas de aplicación- La Autoridad Portuaria controlará la transparencia de las tarifas y los conceptos que se facturen.
- Ante cualquier tipo de discrepancia de aplicación de las tarifas máximas entre la empresa licenciataria y el capitán, armador o consignatario del buque, la Autoridad Portuaria se reserva la función de mediadora para la resolución de la tarifa aplicable.
- Cuando se hayan declarado de aplicación las tarifas máximas, las tarifas de cada prestador serán siempre inferiores o iguales a las máximas establecidas en este apartado
- Las tarifas se establecen por Zona y tipo de tráfico.
- Se podrán aplicar recargos en función de incidencias imputables a los usuarios. Los conceptos por los que se admite establecer recargos son:
- Cancelaciones imputables al buque antes de la puesta a disposición de los servicios de amarre. Si el representante del buque o su capitán modificara la hora de petición solicitado, respecto de la que había sido fijada para el inicio de las operaciones, dará lugar a los siguientes recargos:
- Cancelaciones efectuadas dentro de la hora anterior a la solicitada inicialmente para el inicio de la operación, se facturará el 25% de la tarifa correspondiente.
- Modificaciones o cancelaciones, realizadas con una antelación superior a una hora, no serán objeto de recargo.
- Cancelaciones imputables al buque después de la puesta a disposición del servicio de amarre. Dará lugar a los siguientes recargos:
- Cancelación realizada pasados hasta 30 minutos 50% de la tarifa.
- Cancelación realizada pasado entre 31 minutos y 60 minutos 75% de la tarifa.
- Cancelación realizada pasados más 61 minutos 100% de la tarifa
- Retraso provocado por el buque en la prestación del servicio (Desde la puesta a disposición del capitán del buque):
- Retraso de hasta 30 minutos sin recargo
- Retraso entre 31 y 60 minutos 50 % de recargo sobre tarifa
- Retraso entre 61 y 120 minutos 100% de recargo sobre tarifa
- Las siguientes horas (por cada hora) 50% adicional de recargo sobre la tarifa aplicable.
- Cancelaciones imputables al buque antes de la puesta a disposición de los servicios de amarre. Si el representante del buque o su capitán modificara la hora de petición solicitado, respecto de la que había sido fijada para el inicio de las operaciones, dará lugar a los siguientes recargos:
- Se aplicarán reducciones en función de incidencias imputables a los prestadores. Por retraso del prestador en el inicio de la prestación del servicio:
- Primera hora de espera: 10%
- Segunda hora o fracción de espera: 20%
- A partir de la segunda hora: 20% por cada hora o fracción hasta un máximo del 100%.
- Las actualizaciones por variación de costes que corresponda aplicar de acuerdo con lo establecido en el apartado d. de esta Prescripción, se aplicarán a todas las tarifas de este apartado.
- Las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario en cada caso, que serán siempre iguales o inferiores a las máximas establecidas en este PPP.
- Aplicación de las tarifas:
- Para los servicios de amarre y desamarre en boyas o astilleros se aplicará la tarifa correspondiente a “Puerto Exterior”
- Para casos no contemplados anteriormente se acudirá y resolverá la Autoridad Portuaria.
- Tarifas máximas para servicios especiales:
- Serán de aplicación cuando se trate de servicios conforme a la definición establecida en el Glosario del Anexo I de este documento. A estos efectos, se considerará como duración habitual 120 minutos. La cuantía de estas tarifas tendrá un recargo sobre la tarifa aplicable del 50% por hora o fracción.
- Para los refuerzos de cabos realizados a buques atracados en puerto, se cobrará un 50% de la tarifa aplicable a dicho buque en maniobras de duración inferior a 1 hora y un 100% de la tarifa aplicables en maniobras entre 1 y 2 horas. A partir de la segunda hora se aplicará la tarifa descrita en el párrafo anterior.
- Se aplicarán los siguientes coeficientes reductores por tipología de buque sobre los importes indicados en las siguientes tablas:
- A los buques Car-Carriers, Ferries y Cruceros se les facturará el 75% de la tarifa base.
- A los buques Trailer-Carriers con carga base de trailers se les facturará el 55% de la tarifa base.
- Tarifas máximas:
-
| G.T BUQUE | PUERTO INTERIOR | PUERTO EXTERIOR |
|---|---|---|
| 0 A 1.750 | 122,66 € | 182,83 € |
| 1.751 A 5.000 | 274,69 € | 412,16 € |
| 5.001 A 10.000 | 740,49 € | 1.115,05 € |
| 10.001 A 15.000 | 903,47 € | 1.357,85 € |
| 15.001 A 20.000 | 1.113,71 € | 1.677,06 € |
| 20.001 A 40.000 | 1.436,15 € | 2.173,14 € |
| 40.001 A 70.000 | 1.994,47 € | 3.308,21 € |
| 70.001 A 100.000 | 2.584,76 € | 4.293,88 € |
| 100.000 A 130.000 | 3.598,91 € | 5.706,88 € |
| MAS DE 130.000 | 3.958,79 € | 5.978,63 € |
Acceso al puerto